La magistrada titular del juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el exdirigente socialista y expresidente de la Comunidad de Madrid Joaquín Leguina contra el PSOE, el actual secretario de organización del partido, Santos Cerdán, y la dirigente socialista Marta López Expósito, por la supuesta vulneración del derecho fundamental a la militancia al tramitar su expediente de suspensión de la formación política en 2022.Leguina fue expulsado del partido después de su adhesión pública a la presidenta regional y candidata del PP a las elecciones de 2021, Isabel Díaz-Ayuso. En declaraciones públicas aquel año, llegó a decir del candidato socialista en aquellos comicios, Ángel Gabilondo, que “como candidato sanchista no daban ganas de votarlo” y que Ayuso era la “opción menos mala”. La decisión de abrir el expediente, que acabó con su expulsión, se tomó después de que en abril de 2021, la presidenta madrileña, en un acto de su agenda institucional, visitara la Fundación Alma Tecnológica, y se fotografiara junto Leguina, que ocupa un cargo institucional en esa entidad.La jueza entiende que la “naturaleza de las expresiones empleadas y el contexto en el que se produjeron”, en referencia a las declaraciones de Joaquín Leguina que dieron pie al proceso de suspensión, “pueden considerarse, razonablemente, como una manifestación de deslealtad al partido y contrarias a los intereses electorales”. En aquel momento, varios dirigentes socialistas criticaron la “falta de lealtad” mostrada por el presidente regional entre 1983 y 1995. Entre ellos, la ministra de Defensa, Margarita Robles, señaló que Leguina había carecido de “cierta elegancia” para irse del PSOE si no estaba de acuerdo con el rumbo del partido. Robles indicó que “nadie está obligado a formar parte de un partido político y, si alguien pertenece a uno, tiene que tener un mínimo de lealtad”.Leguina llegó a afirmar que, como no podía expresar sus críticas dentro de la formación política, lo hacía en público. A este respecto, señala la magistrada: “Desconozco cómo o por quién fue silenciado el demandante cuando intentaba expresar sus críticas en el ámbito interno del partido, pues nada acredita, pero, en todo caso, la crítica legítima y necesaria a posibles decisiones de órganos de partido o para resaltar posibles carencias, cuando es pública, debe ser leal al partido al que se pertenece”.La demanda, en la que la parte actuante reclamaba, entre otros conceptos, la declaración de la nulidad de la resolución de la suspensión de su militancia y una indemnización de 18.000 euros (12.000 a Santos Cerdán y 6.000 a López Expósito), ha sido rechazada en una sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que puede ser impugnada mediante el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Además, en el fallo la magistrada impone las costas derivadas de la tramitación del procedimiento a la parte demandante. Ayuso respondió a esta adhesión nombrando a Leguina presidente de la Cámara de Cuentas regional en marzo de 2024, un cargo a dedo por el que se cobra más de 100.000 euros anuales. Una vez Leguina en el cargo, la Cámara de Cuentas de Madrid contrató a su pareja, Lucinda Álvarez Molinero, como jefa de la Secretaría de Presidencia, un puesto de libre designación. Aunque la pareja de Leguina ya estaba trabajando en la Administración, pues hasta finales de abril fue secretaria del actual consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Mariano de Paco, su nuevo destino como jefa de la Secretaría de Presidencia supone un “complemento específico” a su sueldo de 23.713,92 euros anuales, mejorando su salario anterior.
Un juzgado de Madrid desestima la demanda de Leguina contra el PSOE por suspenderlo de militancia | Noticias de Madrid
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