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La consejera electoral Dania Ravel alertó que las reglas para la elección judicial de 2025 incluyen afectaciones para el trabajo colegiado dentro del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).Con las nuevas reglas, Guadalupe Taddei podrá elegir a titulares de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas, lo que era una atribución del Consejo General a propuesta de la Presidencia. EEsa modificación daña el trabajo colegiado del que sigue siendo el máximo órgano de dirección del INE.La consejera afirmó que los cambios también podrían invadir las atribuciones de las Consejeras y Consejeros Electorales, así como anular el trabajo que se realiza al interior de las Comisiones del Consejo General para llevar a cabo la organización de las Elecciones Federales.Así lo escribió en redes:📌 El 15 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reforma Constitucional en Materia del Poder Judicial en el que se determinó que Juezas, Jueces, Magistradas, Magistrados, Ministras y Ministros serían elegidos mediante el voto popular 🗳. El artículo Octavo Transitorio del Decreto previó que el Congreso de la Unión tendría 90 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes federales que correspondan, es decir, hasta el 14 de diciembre próximo. En cumplimiento a esa disposición, la Presidenta de la República envío un paquete de reformas a diversas leyes, entre las que se encuentra la LGIPE. Al discutirse estas reformas en las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado, se incluyeron 2 modificaciones que exceden los límites establecidos en el artículo Octavo Transitorio del Decreto. 1️⃣ La modificación al artículo 45 de la LGIPE para darle la atribución a la Presidencia del Consejo General del INE de designar a las personas titulares de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas. Hasta ahora esa era una atribución del Consejo General a propuesta de la Presidencia. Esa modificación daña el trabajo colegiado del que sigue siendo el máximo órgano de dirección del INE.2️⃣ Se adiciona el artículo 48 de la LGIPE para otorgarle a la JGE la atribución de aprobar los acuerdos correspondientes para la coordinación y ejecución de las actividades administrativas, técnicas, operativas del Instituto y de la coordinación de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas, relacionadas para la organización de las elecciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como para el funcionamiento ordinario del Instituto. Agregar esta facultad tan amplia a la Junta General Ejecutiva (que se integra con las y los Titulares de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas y es presidida por la Presidencia del Consejo General) podría invadir las atribuciones de las Consejeras y Consejeros Electorales, así como anular el trabajo que se realiza al interior de las Comisiones del Consejo General para llevar a cabo la organización de las Elecciones Federales.3️⃣ Las Reformas a la LGIPE, incluidas las antes referidas, ya fueron publicadas ayer en el DOF, por lo que ya forman parte del marco legal vigente. Sustituir el debate y la colegialidad de las #Comisiones por determinaciones de la JGE, implica imponer una visión reduccionista de un grupo de funcionarios que son designados de manera unilateral. La sustitución de atribuciones colegiadas por la concentración de una visión unipersonal pone en riesgo la pluralidad y podría propiciar prácticas poco democráticas.

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